Sunday, November 4, 2018

El animal delincuente


En el año 1457 de nuestra era un terrible crimen ocurrió en una pequeña ciudad de Francia conocida como Savigny-sur-Etang. Un pequeño niño de cinco años fue asesinado y su frágil cuerpo parcialmente comido. Una familia del lugar fue acusada del infame crimen. Los siete sospechosos, una madre con sus seis hijos, fueron aprehendidos por las autoridades locales cuando todavía tenían en sus cuerpos la sangre de la pobre victima. Ellos fueron arrestados, acusados de infanticidio y puestos en prisión hasta el día de su juicio. Como los acusados eran indigentes la corte designo un abogado para que los representaran. El día del juicio se presentaron testigos, evidencias y argumentos legales. La justicia considero los hechos y de acuerdo con la ley emitió su veredicto y sentencia. La madre fue pronunciada culpable y condenada a muerte y los seis hijos recibieron perdón judicial. La corte acepto los argumentos del abogado defensor que alego que los hijos carecían de la competencia mental para cometer un crimen. La custodia y cuidados de los huérfanos quedo a cargo del estado.

Este caso ilustra una importante lección acerca de los derechos legales de los pobres y las raíces históricas de la justicia juvenil en la jurisprudencia del occidente que hoy día, en gran parte, se ha perdido. Lo curioso en esta historia, sin embargo, es que  los culpables no eran miembros de nuestra especie. Ellos eran una familia de cerdos.

Según Jeffrey St. Clair, quien escribe la introducción de “Fear of the Animal Planet”, de Jason Hribal, este caso esta lejos de ser excepcional. En la Europa medioeval miles de animales fueron citados a la corte y enjuiciados por vandalismo, asalto, robos violaciones y crímenes. Los culpables incluían vacas, gatos, perros, ovejas, caballos, burros, cerdos, cabras y termitas y los Tribunales  eran considerados absolutamente  serios tanto  por la Corte como por la comunidad.  A pesar de que hoy día nada de esto existe, en aquella época las mismas complicadas reglas de los procedimientos legales que involucraban a los  seres humanos se aplicaban a los animales. Ambos eran frecuentemente  juzgados en la misma sala de justicia como co-conspiradores, especialmente  en los casos de bestialidad y los abogados defensores eran costeados por la comunidad. Los animales  tenían derecho de apelación y en varias instancias las condenas fueron reducidas o enteramente conmutadas. Al igual que los humanos, las mismas formas de tortura y ejecución se llevaban a cabo. La cabeza de los condenados, en casos de bestialidad, con frecuencia se exhibían en picas en la plaza publica junto con la de los humanos.

El primer registro histórico de un juicio criminal  involucrando a un animal lo encontramos  en 1266 en Fontenay-aux-Roses en las afueras de Paris. El caso se   refería al asesinato de una pequeña niña. El culpable era un cerdo. Juicios similares, a pesar de que los registros se han perdido, es posible rastrear en la época griega clásica. Según Aristóteles juicios seculares de animales se celebraban regularmente  en el gran Prytaneum de Atenas. Tomas de Aquinas en 1269  en la Summa Theologiae  trata de explicar las bases teológicas de los juicios animales.

La mayoría de ellos, según E. P. Evans,  autor de “The Criminal Prosecution and Capital Punishment of Animals”,  1906,  ocurrieron en los países europeos incluyendo Francia, Alemania, Italia, Rusia, Polonia, Romania, Escocia e Irlanda. Incluso la colonia brasileña  fue parte de los que practicaron estos juicios. En 1713 una rectoría en el monasterio franciscano de Piedade no Maranhao colapso, sus cimientos  destrozados por las termitas.  Los frailes iniciaron un juicio legal en contra de ellas y una investigación eclesiástica determino que los insectos aparecieran ante la Corte. El abogado defensor  argumento que los monjes estaban usando las termitas para disculpar su propia negligencia. El juez, después de deliberar, retorno a la sala con  una sentencia salomónica... los frailes  fueron obligados a proveer una  pila de leña a los insectos para alimentarse y estos fueron  obligados a dejar el monasterio. Un caso similar encontramos en la provincia de Savoy, Francia, en 1575, que involucraba a gorgojos cuyas larvas infectaban las semillas y tallos de las plantas de la comarca. Los insectos fueron procesados por  destruir las viñas de Mount Cenis. El abogado  defensor alego que los insectos tenían todo el derecho a consumir las hojas de las parras porque según la Biblia el Dios Supremo creo a los animales antes del hombre y Dios les prometió el pasto, las hojas y las hierbas para su mantenimiento. Los jueces deliberaron y decidieron que tal vez los insectos tenían  reclamos legítimos. Los habitantes de la comarca seleccionaron una parcela lejos de las viñas  como lugar de forraje para los gorgojos. El abogado inspecciono las plantas del lugar con ojo de botánico y finalmente movió su cabeza con signo negativo. No hay trato. La tierra era rocosa y la vegetación demasiado pobre para sostener a los insectos. En 1565 en la ciudad francesa de Montpelier un hombre fue  condenado por tener relaciones sexuales con una mula. La mula también fue condenada. Ambos fueron procesados  y sentenciados a morir en la horca.

¿Qué significa todo este ridículo juego? ¿por que las Cortes se tomaban el trabajo en sostener  estos costosos juicios en beneficio de animales tan problemáticos? Según algunos historiadores estos juicios realizaban las funciones de los antiguos ritos de sacrificio y expiación. Para otros representaban el ultimo suspiro de las religiones animistas. Las explicaciones económicas sugieren que los animales eran juzgados y ejecutados durante tiempos  de superabundancia o incautados en tiempos de escasez  como propiedad de la Iglesia o la Corona. Lo interesante de  estos juicios,  como nota St. Clair, no es  tanto el propósito social que cumplían, como las cualidades y derechos que la mente medieval atribuían a los acusados... racionalidad, libre albedrio, agencia moral, premeditación, calculación y motivación.  La gente  presumió que los animales actuaban con intención, celos, codicia y venganza, con una mente culpable. Y no solo esto,  también creían que estas acciones, incluyendo el crimen, podían justificarse debido a la larga cadena de abusos sufridos por estos animales, como  indican los registros de la época.

 ¿Son estas creencias  propias de una mente primitiva, como un modernista diría?  La verdad es que uno tendría que reconocer que la gente de la Edad Media albergo una idea radical...  la de la conciencia animal... ¿es esto primitivo?

La época de oro de los juicios animales fueron los siglos XVI y parte del  XVII  y luego desaparecieron. A los ojos de la modernidad estas eran curiosidades cómicas, reliquias  absurdas de una  Edad Obscura. Descartes en el siglo XVII separo la mente del cuerpo y los humanos del mundo natural determinando, en gran parte, la agenda  y la metodología de los que vinieron después de el. Según el filosofo los animales eran autómatas físicos, maquinas biológicas dirigidas solamente por instintos biofísicos, carentes del poder cognitivo y de la habilidad de pensar y razonar. Pueden tener cerebro, pero no mente... no experimentan el dolor como sufrimiento porque “no hay nadie en casa”... si no hay sujeto del pensar que tenga la experiencia, el dolor animal  es moralmente  irrelevante. Pueden tener impulsos naturales como miedo, hambre o enojo, pero sus voces y movimientos  no indican nada parecido a un pensamiento puro. Esto es lo que lo separa al animal definitivamente del ser humano. Filosófica y literalmente ahora es posible  transformarlos en fuente de explotación, en objetos de comercio, entretenimiento, experimentación y alimento sin sentido de culpa. El trato de los animales en el modernismo decisivamente dio paso al excepcionalismo humano. No es extraño, entonces, que nuestra relación con el animal haya sido la del sacrificio ritual, la caza, la pesca, la domesticación, la explotación, la carnicería y el experimento.

¿Cómo abandonamos el humanismo? En 1975 aparece el libro “Animal Liberation”  de Peter Singer  que refuta el modelo cartesiano. Uniendo ciencia y ética muestra que los animales son seres sensibles, capaces de sentir dolor y su imposición es inmoral y  antiética.  La capacidad para el sufrimiento no es solo otra característica como el lenguaje o la razón, sino el prerrequisito para tener interés del todo, la condición que debemos satisfacer para que podamos hablar de interés en cualquier sentido significativo  y es esta capacidad la que nos une a los animales.  La defensa contemporánea de los derechos del animal iniciada por Singer es el comienzo del desplazamiento del antropocentrismo. El modelo filosófico que ellos tratan de desarrollar, sin embargo, irónicamente trae de vuelta el mismo antropocentrismo que intenta abandonar. Si los animales son  iguales que los seres humanos en tanto  sujetos con preferencias personales, deseos, afectos y expresiones,  entonces también están sujetos a consideraciones morales. Pero, la cosa es que esta filosofía moral funciona dentro de un modelo centrado exclusivamente en el sujeto humano  y es justamente este modelo el que ha sido usado para negarle al animal cualquier derecho por siglos.  La defensa del animal basada en sus derechos, en ultima instancia, no cambia nada. Si se quiere dejar atrás el antropocentrismo se necesita ir mas allá del legalismo animal.

La mayoría de los movimientos revolucionarios corren el riesgo de revertir la jerarquía de las distinciones binarias. Cuando los animales han sido permanentemente devaluados  a través de la historia una forma de desafiar los prejuicios e instituciones es otorgarles un valor mas alto del que poseen los humanos. Sin embargo, por ventajoso que esto pueda ser, no es suficiente para considerarla una perspectiva pos antropocéntrica.

¿Dónde nos ubicamos en la jerarquía de las cosas? ¿arriba, abajo, al lado o después del animal?... El abandono del antropocentrismo  y las visiones reductivas del animal heredadas de la tradición filosófica no implica identidad entre animal y humano. La diferencia entre humano y animal y entre animal y animal tiene que volver a pensarse de manera distinta. No podemos colocar a todos dentro del mismo lote. Las diferencias son reales. Derrida, el pensador que trae al animal de vuelta al pensamiento filosófico contemporáneo, dice que la mirada del animal nos ofrece el limite abismal de lo humano, lo inhumano o ahumano, el fin del hombre. Su mirada nos devuelve, si no proyectamos nuestra vida interior en el, lo que es radicalmente Otro. No el Otro humano que pertenece a una tribu o cultura diferente, sino el Otro absolutamente Otro. Hasta ahora la historia de la filosofía ha estado basada en la negación o ignorancia de este encuentro.  Un pensamiento pos humanista solo podría  ser desarrollado descentrando al humano y empezando a  pensar desde una nueva humildad y generosidad hacia el animal.   


Nieves y Miro Fuenzalida.

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